Separación pareja de hecho

La pareja de hecho, es aquella que se deriva de la convivencia de una pareja sin estar unidos en matrimonio. Aunque es una unión no equiparable al matrimonio, comparte algunos elementos en común con este. En este artículo nos centramos en explicar qué es una pareja de hecho, sus diferencias con el matrimonio, y todo lo relacionado a la separación de pareja de hecho.

Separación parejas de hecho

SERVICIOS JURIDICOS SEPARACIÓN PAREJAS DE HECHO


La experta Yolanda Sánchez García te defenderá y te asesorara en:

Repartición de bienes ante la separación de pareja de hecho

Procedimiento contencioso para la adopción de medidas paterno-filiales

¿Qué es una pareja de hecho?

 

La pareja de hecho consiste en la unión de dos personas que conviven sin haber contraído matrimonio. Además, para que una pareja de hecho sea reconocida como tal es necesario precisar las siguientes características:

 

  • Las personas que conviven deben ser mayores de edad o, en su defecto, estar emancipadas.
  • Las personas no deben estar casadas o, en caso de haberlo estado en algún momento, tener constancia de divorcio.
  • No tener incapacidad de forma judicial.
  • No ser parientes directos.
  • Cumplir con un lapso de convivencia determinado por la jurisdicción de la Comunidad Autónoma que corresponda.

 

En la actualidad, en España no existe una ley que regule la separación de pareja de hecho, mientras que la separación y el divorcio del matrimonio si están contemplados en el marco legal.

No obstante, algunas Comunidades Autónomas del territorio español disponen de un mecanismo de regulación propia. Por ello, es importante que te asesores de la manera adecuada con especialistas pertinentes en el área.

 

Diferencias de la pareja de hecho respecto al matrimonio

 

Entre la pareja de hecho y el matrimonio existe una serie de diferencias, entre las cuales se resaltan las siguientes:

  • En el matrimonio existe determinación legal del régimen económico, como ganancias, separación de bienes y reparticiones. No obstante, la pareja de hecho no goza de ningún régimen económico regulado en el Código Civil.
  • Los miembros de la pareja de hecho no pueden presentar declaración conjunta como contribuyentes del IRPF.
  • En materia de herencias, no existe normativa legal que regule lo concerniente en las parejas de hecho en relación al fallecimiento del conviviente.

Respecto a este último punto, se recomienda que las parejas de hecho definan un testamento como garantía de los derechos hereditarios de la persona con quien se convive como cónyuge sin estar unido en matrimonio.

 

Separación de la pareja de hecho

 

Al no existir la unión matrimonial, no es necesario emprender un proceso de separación legal correspondiente para parejas de hecho. No obstante, en los casos en los que la pareja haya ido acrecentando el patrimonio durante la convivencia, tales como la vivienda, los muebles y los vehículos, será necesario aplicar una serie de acciones para proceder a la repartición de bienes.

También, en aquellos casos en donde la pareja tenga hijos en común, resulta necesario emprender una serie de acciones para determinar su custodia y bienestar.

 

¿Qué ocurre si la pareja de hecho tiene hijos y bienes en común?

 

Cuando la pareja de hecho enfrenta la separación, deben tomarse las decisiones que inciden en la relación con los hijos y en la liquidación del patrimonio común. En tanto, algunas Comunidades Autónomas en España aceptan la acumulación de acciones.

A continuación, explicamos en qué consisten los trámites vinculados a la separación de parejas de hecho:

 

Trámites necesarios para resolver las relaciones con los hijos

 

En caso de que la pareja de hecho no posea hijos en común, no será necesario realizar ninguna gestión al respecto.

Por el contrario, la presencia de hijos conlleva las mismas obligaciones que las que se manifiestan en los casos de matrimonio. No obstante, la resolución de las relaciones de los padres respecto a sus hijos, varía entre los casos de matrimonio y de relaciones de hecho.

En esta última circunstancia, es necesario emprender un procedimiento judicial para la aplicación de medidas paterno-filiales. Este procedimiento puede iniciar en común acuerdo entre las partes, o a petición individual de uno de ellos.

Cabe destacar que, si no es posible lograr un acuerdo con tu pareja acerca de las medidas paterno-filiales, será necesario emprender un procedimiento contencioso.

 

Procedimiento de mutuo acuerdo

 

Cuando ambas partes llegan a un acuerdo, solo será necesario presentar una demanda. En estos casos serán representados por un solo procurador, y asistidos por un solo abogado. Esta posibilidad implica, por ende, menor coste del procedimiento.

Ten presente que, en esta demanda debe existir un convenio regulador, que contemple los acuerdos que se mencionan a continuación:

  • Guarda y custodia de los hijos: es posible acordar la modalidad de custodia individual o de custodia compartida
  • En caso de acordar el régimen de alternancia, es necesario determinar el domicilio de convivencia, y el régimen que se aplicará sobre la convivencia con uno u otro progenitor
  • Régimen establecido de visitas, comunicación, y compañía del progenitor que no posea la custodia
  • Uso de la vivienda familiar en caso de pactar la custodia individual. En caso de acordar la custodia compartida, la vivienda familiar puede ser atribuida al padre que tenga mayor deficiencia de recursos económicos
  • Pensión de alimentos y cobertura de gastos requeridos para el sustento de los hijos menores.
  • Prestación compensatoria, a beneficio del conviviente más afectado económicamente.

Vale destacar que, en España no existe regulación sobre la pensión compensatoria en relación a las parejas de hecho. En tal caso, los convivientes tienen la posibilidad de acordarla.

 

Procedimiento contencioso para la adopción de medidas paterno-filiales

 

Como ya hemos explicado, en caso de no lograr un acuerdo entre ambas partes se debe emprender un procedimiento contencioso. De esta manera se podrá determinar lo referente a las medidas paterno-filiales. Además, en el procedimiento contencioso cada uno de los involucrados dispone de un abogado y de un procurador de manera individual.

De tal manera, el abogado se encarga de redactar la demanda de su representado y solicitar las medidas que considere pertinente, velando por el interés y el beneficio de los menores. Asimismo, una vez que la otra parte haya recibido la demanda procederá a emitir la debida contestación. Siendo en ese escrito, en donde se puede plasmar la solicitud de las medidas que considere en beneficio de los menores.

Llegado el momento de acudir al juicio, el juez escuchará a ambas partes y dictará las medidas pertinentes que primen sobre el bienestar de los hijos, las cuales serán aplicadas tras la ruptura de la pareja de hecho.

 

Repartición de bienes ante la separación de pareja de hecho

 

La repartición de bienes en los casos de separación de hecho, puede darse de manera verbal cuando se da por concluida la relación de pareja. En tal caso, se deja constancia a través de un documento privado. Por otra parte, si había un pacto por notaría acerca del régimen económico, se debe cumplir lo que se estableció en el acuerdo.

En caso de que la pareja de hecho no logre un acuerdo beneficioso para ambas partes, es necesario someterse a la decisión de un juez. En estas circunstancias se debe demostrar el tiempo y tipo de convivencia en pareja, así como el régimen económico al que se sometían.

Además, para efectuar la separación de bienes se debe demostrar la culminación de la relación de la pareja de hecho. En relación a los bienes de valor, tales como la vivienda de convivencia, la pareja dispone de varias opciones. Entre estas, se enumeran las siguientes:

  • Vender los bienes y repartir el dinero que se obtenga de la venta.
  • Uno de los miembros de la pareja de hecho puede ir pagando a la otra parte lo que le corresponde.
  • Se puede atribuir el uso a una de las partes, para que se contemplen en la comunidad de bienes.

Esta última opción es muy recomendada en situaciones en las que ambas partes continúan pagando el bien (como es el caso de hipotecas).

En definitiva, sea cual sea la decisión que adopten los involucrados, resulta primordial disponer de la asesoría profesional de un abogado de familia, que te ayude a elegir la opción más conveniente para ti.

 

Indemnizaciones ante la separación de las parejas de hecho

 

Respecto a las indemnizaciones, es importante destacar que, el artículo 97 del Código Civil de España no es aplicable en su totalidad en los casos de indemnizaciones ante separación de parejas de hecho.

En las parejas de hecho, al igual que en los casos de matrimonio, es probable que una de las partes enfrente un desequilibrio económico. Esto se debe, a que generalmente alguna de las personas de la relación, asume la mayor parte de los gastos derivados de la convivencia.

Cabe destacar que, si existe un pacto por notaria que contemple el tema de las indemnizaciones, las partes deben acatar lo acordado en el documento. Además, si hay hijos menores de edad es posible apelar por la obtención de una pensión para el sustento de los infantes.

 

¿Por qué contratar un abogado especialista en parejas de hecho?

 

Entender qué sucede ante la disolución de una pareja de hechos, es primordial para conocer qué tipo de acciones legales deben tomarse. Para ello, es importante contar con la asesoría profesional de expertos en el área.

Te recomendamos contactar a los expertos de Abogadoillescas.com, quienes te asesorarán y te guiarán en el proceso para obtener la decisión satisfactoria en relación a la custodia de tus hijos, así como en la división de bienes como consecuencia de la separación de pareja de hecho.

 

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    ¿Quiénes somos?

    La Letrada Doña Yolanda Sánchez García inició su carrera profesional en el año 1.993, más de 26 años de experiencia ganada día a día en los juzgados de toda la geografía española, que pone a su servicio con estudio y dedicación a sus problemas legales. Con formación contínua el crecimiento del despacho ha sido impulsado por la confianza de sus clientes a lo largo de los años. Con colaboraciones con otros profesionales y despachos, muestran un elenco de profesionales de la abogacía abarcando todas las ramas del derecho.